En Ecuador, las multas por infracciones leves a la LOPDP para el sector privado van del 0,1 % al 0,7 % del volumen de negocio del ejercicio anterior. Las infracciones graves van del 0,7 % al 1 %. La metodología de cálculo se estableció en la resolución SPDP-SPD-2025-0022-R de julio de 2025.
La SPDP sancionó a LIGAPRO y a la Federación Ecuatoriana de Fútbol por infracciones graves con multas que sumaron USD 454.500. Ese caso ilustra la importancia de poder demostrar el cumplimiento, no predice la multa de otra organización.
¿Cuáles son los rangos de multas?
Las sanciones al sector privado se expresan como porcentajes del volumen de negocio del ejercicio anterior. El monto concreto no puede estimarse solo con el rango; requiere aplicar la metodología pertinente a los hechos del caso.
| Tipo de infracción | Rango sector privado |
|---|---|
| Leve | 0,1 % a 0,7 % |
| Grave | 0,7 % a 1 % |
¿Cómo se calcula una sanción?
La metodología de cálculo está recogida en SPDP-SPD-2025-0022-R (julio de 2025). Las cifras del rango son una referencia normativa y no una cotización, predicción ni asesoría sobre un expediente específico.
¿Qué ocurrió con LIGAPRO y la FEF?
La Superintendencia de Protección de Datos Personales sancionó a LIGAPRO y a la FEF por infracciones graves de la LOPDP. Las multas sumaron USD 454.500. La noticia no sustituye el examen de la resolución y las circunstancias de cada entidad.
¿Cómo reducir el riesgo de incumplimiento?
Un sistema de cumplimiento documenta tratamientos, responsables internos, bases de legitimación, contratos, derechos de titulares, incidentes y revisiones. simpleDPD propone obligaciones con dueño, evidencia y fecha de revisión para que la organización pueda demostrar qué hizo y cuándo.
Preguntas frecuentes
¿La multa es siempre el 1 % del negocio?
No. Para infracciones graves del sector privado el rango es del 0,7 % al 1 % del volumen de negocio del ejercicio anterior, y el cálculo concreto depende de la metodología aplicable.
